Lo hizo mediante un Proyecto de Resolución


Urribarri propone crear una Comisión Bicameral para tratar la Ley de Comunas

  • 2017-07-10
  • Prensa
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    El tratamiento de la Ley de Comunas es uno de los temas centrales para el segundo tramo de la actividad legislativa del año corriente. La iniciativa, que tiene el impulso del Poder Ejecutivo, contiene un amplio articulado que cumple con las mandas de la Constitución reformada. El propósito se relaciona con la posibilidad de aunar esfuerzos y criterios para lograr un dictamen único y definitivo.

    El presidente de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, Sergio Urribarri, solicitó mediante un Proyecto de Resolución, la creación de una Comisión Bicameral para el tratamiento de la Ley de Comunas en ambas cámaras. Argumentó que "es una ley de alcance amplio, ya que se fijan normas de organización y competencia, probables categorías, la división catastral y una serie de complejidades que necesitan una observación específica, por lo que resultaría de enorme practicidad elaborar un dictamen único de manera que estoy proponiendo la creación de una Comisión Bicameral que coordine el debate que se viene".
     
    La ley enviada por el Poder Ejecutivo tiene más de 50 artículos, muchos de los cuales tienen en su redacción una alta trascendencia cualitativa, dado que establecen principios como los de la competencia pero también fijan límites territoriales y le dan un status jurídico-impositivo distinto a las conocidas Juntas de Gobierno.
     
    También aborda las categorías en que quedarán divididas las comunas, de acuerdo a la siguiente regla: Categoría Primera, de 1500 a 701 habitantes, estará integrada por ocho (8) miembros titulares e igual número de suplentes; Categoría Segunda, de 700 habitantes a 200 Habitantes, estará integrada por seis (6) miembros titulares e igual número de suplentes, otorgándoles luego de esa clasificación competencia territorial, patrimonial, y personería jurídica propia.
     
    La ley también fija el nuevo Sistema de Gobierno para las comunas con un Consejo Comunal y un Departamento Ejecutivo, los que serán electas por el voto popular, donde quien encabece la lista ganadora será el Presidente, adjudicándose la mitad más uno de los cargos del Consejo Comunal, y el resto se distribuirá entre los restantes de acuerdo al sistema D’ Hondt, cargos que serán honorarios, a excepción del Presidente.
     
    Uno de los cambios más importantes propuestos es que los Consejos Comunales podrán dictar dos tipos de normas: Ordenanzas y Resoluciones, como así también su reglamento interno; organizar la periodicidad de sus sesiones, participar en el ordenamiento urbanístico y edilicio y administrar las tierras fiscales ubicadas dentro de la jurisdicción, entre múltiples funciones.
     
    Para Urribarri "están dadas todas las condiciones para que haya una intervención profunda en la Legislatura, que inclusive incorpore iniciativas de este tema que no llegaron a tener sanción, por lo que sugiero la creación de una Comisión Bicameral, que abra el debate en busca de las mejores alternativas y que a la vez, ordene un texto sin fisuras desde lo representativo y si es posible desde el terreno político mejor todavía; creo que vale la pena intentarlo", finalizó.