MODIFICA EL CAPÍTULO III DE LA LEY N° 9.861,“DEL PROCEDIMIENTO PENAL APLICABLE A LAS PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD” E INCORPORA LOS CAPÍTULOS IV A XI.
Temas
FAMILIA (PROTECCIÓN) | MENOR (DERECHO DEL NIÑO) | MENOR (PROTECCIÓN) | PODER JUDICIAL (JUZGADO)