LEY Nº

10518
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Información General

Fecha Sanción
12 / 09 / 2017
Fecha Publicación
11 / 10 / 2017
Publicado en
BOLETÍN OFICIAL p. 2
Organismo
PROVINCIA DE ENTRE RIOS (ENTRE RÍOS)
Estado Actual
VIGENTE
Expediente Origen
21436 Ver
Sintesis
DETERMINA QUE LAS EMPRESAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA, DE GAS NATURAL Y DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, DEBEN CONTAR CON UNA OFICINA DE ATENCIÓN DE RECLAMOS Y CONSULTAS EN AL MENOS UNA CIUDAD DE CADA DEPARTAMENTO.
Temas
COMERCIO E INDUSTRIA (CONTROL E INSPECCIÓN)

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